miércoles, 19 de marzo de 2014

Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)

Esta ley, más bien conocida por LOPD, es la norma que, desde el 14 de enero de 2000, regula en España el régimen jurídico aplicable al tratamiento de los denominados "datos de carácter personal", estableciendo las condiciones en que se deben recoger, tratar y ceder este tipo de datos para no perjudicar con ello los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos , especialmente su derecho al honor e intimidad personal y familiar.

ÁMBITO DE APLICACIÓN
La LOPD es de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte automatizado y no automatizado, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.
Por otro lado, los sujetos a los que es de aplicación la Ley son todas las personas físicas y jurídicas. Es decir, la LOPD abarca no sólo a las empresas privadas, sino también a personas físicas en el desempeño de su actividad profesional, a las administraciones públicas, asociaciones, organismos, ... y en general a toda persona que trate datos de carácter personal.

OBLIGACIONES LEGALES: 
Las obligaciones derivadas de la LOPD se establecen en relación con:
-La Agencia de Protección de Datos
-Personas cuyos datos se recogen

CLASIFICACIÓN DE DATOS EN ESTA LEY:
El Reglamento de Medidas de seguridad establece que los datos de carácter personal recogidos y tratados en ficheros, informatizados o manuales, pueden clasificarse en tres niveles: básico, medio y alto, atendiendo a la mayor o menor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.

Estos son los datos que corresponden a cada uno de esos tres niveles, de acuerdo con las definiciones especificadas en el propio Reglamento:

Nivel Básico:

Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal deberán adoptar las medidas de seguridad calificadas como de nivel básico. En este nivel se incluyen:
• Datos Identificativos (nombre y apellidos, dirección y código postal, teléfono, DNI etc.)
• Cuota Sindical
• Grado de Discapacidad
• Tratamiento Incidental o accesorio de datos sensibles

Nivel Medio:

Los ficheros que contengan datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales, Hacienda Pública, servicios financieros , aquellos ficheros cuyo funcionamiento se rija por el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, Seguridad Social y Elaboración de Perfiles deberán reunir, además de las medidas de nivel básico, las calificadas como de nivel medio.
Cuando los ficheros contengan un conjunto de datos de carácter personal suficientes que permitan obtener una evaluación de la personalidad del individuo, deberán garantizar las medidas de nivel medio.

Nivel Alto:

Los ficheros que contengan datos de ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual, violencia de género, datos tráfico y localización, así como los que contengan datos recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas deberán reunir, además de las medidas de nivel básico y medio, las calificadas como de nivel alto.


 SANCIONES EN LA LOPD:

- Leves: 601,01 € a 60.101,21 € ; (1 año)
- Graves: 60.101,21 € a 300.506,05 € ; (2años)
- Muy graves: 300.506,05 € a 601.012,10 € ; (3años)
- Inmovilización de ficheros : En el caso de utilización o cesión ilícita de datos que atenten contra los derechos fundamentales, el Director de la A.P.D. (Agencia de Protección de Datos) podrá requerir a los responsables de los ficheros, tanto públicos como privados, la cesación de la utilización o cesión ilícita de los datos.


En mi opinión, esta ley es fundamental para la sociedad en la que vivimos hoy en día, ya que estamos en una sociedad dominada por las redes sociales en la que prácticamente la intimidad no existe. 
Aunque nuestros datos estén protegidos con tanto cuidado, sigue habiendo gente que viola estos derechos y a los que nunca consiguen detener.
Esto nos lleva a pensar en el cuidado que debemos de tener sobre nuestros datos más privados y sobre la gente a la que revelamos estos datos.
Pero, finalmente, con la seguridad que tienen nuestros datos personales bajo esta ley, podemos estar mucho más tranquilos de que nada puede pasarles, a menos que seamos nosotros quienes decidamos revelar estos datos.





lunes, 10 de marzo de 2014

Resumen semanas 17-21 de febrero y 3-7 de marzo

En estas dos semanas hemos estado terminando los ejercicios del LibreOffice calc (cumpleaños, notas de selectividad, letra del DNI...) para enviárselos a Eva por correo y que nos ponga la nota de clase correspondiente.
A continuación hemos comenzado a trabajar con un nuevo programa llamado LibreOffice base y estamos haciendo formularios, consultas y tablas.
Que tengan un buen inicio de semana.